Estatuto de la FUNDACIÓN ELISABETH KÄSEMANN GGMBH

(LA FUNDACIÓN ESTÁ ORGANIZADA BAJO EL ESTATUTO LEGAL ADMINISTRATIVO DE UNA SOCIEDAD DE RESPONSIBILIDAD LIMITADA QUE OPERA SIN FINES DE LUCRO)

Preámbulo

Elisabeth Käsemann fue asesinada en el año 1977 por la dictadura militar en Argentina debido a su compromiso político y social. La Fundación está dedicada a la elaboración histórica y la memoria de víctimas de conflictos violentos y regímenes autocráticos, a promover la cultura democrática en diálogos internacionales y a preservar y sostener los derechos humanos.

La Fundación no está comprometida con partido político alguno, sino que se entiende como una fundación apolítica e independiente.

§ 1 Fines de la gGmbH
1. Los fines de la gGmbH son la promoción
a. de la ciencia y la investigación, del arte y la cultura, de la educación, la instrucción pública y la formación profesional incluyendo la ayuda para estudiantes universitarios,
b. del ideal internacional de tolerancia en los campos de la cultura y del concepto de entendimiento entre los pueblos,
c. del compromiso de la ciudadanía a favor de fines benéficos para la sociedad, caritativos y eclesiales.

2. Los fines descritos se ponen en práctica, en el país sede o en el extranjero, a través de las siguientes actividades
a. seminarios, discursos y conferencias,
b. publicaciones,
c. la promoción de una cultura conmemorativa y la participación en proyectos de conmemoración, en el sentido de la comprensión entre los pueblos,
d. la promoción de encuentros internacionales,
e. la concesión de becas para la investigación, siempre y cuando no colida con los estatutos y sus fines,
f. programas académicos de estudio y formación.

3. La gGmbH persigue exclusiva e inmediatamente fines de utilidad pública conforme a la ley tributaria alemana (Abgabenordnung) en el capítulo «Fines con beneficios fiscales» («Steuerbegünstigte Zwecke»). La gGmbH actúa exclusivamente de manera altruista; en principio no persigue fines lucrativos. Los fondos de la Fundación solo pueden utilizarse para fines de conformidad con los estatutos. Ninguna persona puede ser beneficiada por gastos que sean ajenos a los fines de los estatutos o por salarios desproporcionados.

4. La gGmbH puede recibir fondos para la realización de los fines con beneficios fiscales de otras entidades o para la realización de fines con beneficios fiscales por entidades públicas; el abastecimiento de fondos para una entidad privada con obligación tributaria ilimitada requiere que esta tenga privilegios fiscales.
La gGmbH puede donar sus recursos en parte a otras entidades que también tengan beneficios fiscales o a entidades públicas para el uso de estos para fines con beneficios fiscales.

5. En caso de disolución de la gGmbH de discontinuidad de los fines tributariamente privilegiados, el patrimonio será traspasado a la asociación Amnesty International Sektion Deutschland e.V., quien lo deberá utilizar directa y exclusivamente para fines benéficos para la sociedad.